PRACTICAS INDEBIDAS EN EL PROCESO DE FACTURACIÓN 1.RA PARTE

Se ha detectado que en el proceso de emisión de la factura, que existen supuestos en los cuales la forma de facturar de los contribuyentes no corresponde a la señalado en las disposiciones fiscales, razón por la que se expondrán a continuación algunas de las prácticas incorrectas, para poder corregirlas y generar facturas correctamente.

El proceso de la generación de la facturas consta de tres pasos.

1.- PRACTICA: De la a emisión de la factura, Consulta y Entrega.

Consecuencias:
• Emisión de factura sin que el contribuyente que es dueño de estas herramientas, esté enterado (posible fraude).
• Acumulación de ingresos no existentes.
• Errores o duplicidad en la emisión de la factura.
• Cancelación indebida de facturas.

2.- Practica: Condicionar a los contribuyentes la emisión de la factura, alegando que fiscalmente deben entregarles datos como Nombre o Razón Social/ Domicilio.

Consecuencias:
*Limitar a los contribuyentes el derecho de contar el comprobante fiscal para efectos de deducción o acreditamiento
*Solicitar datos personales a los clientes que no son obligatorios fiscalmente para emitir facturas.

3.- PRACTICA: Depósitos de viáticos a cuentas personales del trabajador, sin pórtalo en el recibo de nómina (CFDI).

CONSECUENCIAS:

*Acumulación incorrecta del ingreso del trabador, retención incorrecta.
*Incumplimiento en la obligación de emitir el recibo de nómina, por el concepto de viáticos.
*Riesgo para el trabajador por depósitos no justificados (discrepancia fiscal).a

PRACTICA CORRECTA:

*Depósito de viáticos en la cuenta de nómina del trabajador, a fin de transparentar el flujo del recurso.
*Emitir el recibo de nómina, reportando en “otros pagos” la cantidad entrega de viáticos.
* Identificar los viáticos que resulten ingresos gravados y exentos para el trabajador en el CFDI de nomina.

4.- PRACTICA: No emisión de la factura en el momento en el que se reciba un anticipo.

Se entiende por anticipo el pago realizado en una operación, en donde no se conoce o no se ha determinado el bien o servicio a adquirir o su precio, es decir cuando existe incertidumbre en estos.
Consecuencias:
• Imposibilidad de conocer el momento exacto de causación del IVA.
• Diferimiento en la acumulación de ingresos para efectos de ISR.
• Incumplimiento en la obligación de emitir facturas.
Nota: El anticipo deberá documentarse con la emisión de un comprobante de Ingresos.
Operaciones para documentarlo:
PRIMERA OPCION:
1.- Emitir un comprobante por el valor del anticipo.
2.- Emitir un comprobante del total de a operación.
3.- Emitir un comprobante de tipo egreso por el valor del anticipo, relacionándolo al comprobante por el total
de la operación.
SEGUNDA OPCION:
1.- Emitir un comprobante por el valor del anticipo.
2.- Emitir un comprobante por el remanente de la contraprestación, relacionada al anticipo.
Dentro de la Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet, publicada en el portal del SAT el 23 de mayo de 2017, se incluye el Apéndice 6, relativo al Procedimiento para la emisión de los CFDI en el caso de anticipos recibidos.

NO SE CONSIDERAN ANTICIPOS:

La entrega de una cantidad por concepto de garantía o depósito.
Ejemplo: Deposito que en ocasiones se realiza por el arrendatario al arrendador para garantizar el pago de las rentas en el caso de un contrato de arrendamiento inmobiliario.

En el caso de operaciones en las cuales ya exista acuerdo entre las partes, sobre el bien o servicio que se va a adquirir y de precio, aunque se trate de un acuerdo no escrito.
Ejemplo: Cuando el comprador o adquirente del servicio realiza el pago de una parte del precio acordado del bien o servicio, esta venta se considera pago en parcialidades y no un anticipo.

5.- PRACTICA: Facturación de depósito en garantía como un anticipo recibido.
Se entiende por depósito o garantía la entrega de una cantidad que garantiza la realización o cumplimiento de alguna condición, ejemplo entrega de un depósito por el arrendamiento de un bien inmueble.
Consecuencias:
Acumulación de ingresos que no corresponde.
Nota: No se está obligado a emitir factura, por los depósitos en garantía.
La emisión de la factura, se realiza una vez que se cumpla la condición o se materialice el hecho.
Correcta acumulación de ingresos.