{"id":608,"date":"2018-03-02T10:51:54","date_gmt":"2018-03-02T16:51:54","guid":{"rendered":"http:\/\/www.admingest.com\/blog\/?p=608"},"modified":"2018-03-02T10:51:54","modified_gmt":"2018-03-02T16:51:54","slug":"preguntas-y-respuestas-sobre-el-cfdi-con-complemento-para-recepcion-de-pagos-tambien-denominado-recibo-electronico-de-pago","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/admingest.com\/blog\/2018\/03\/02\/preguntas-y-respuestas-sobre-el-cfdi-con-complemento-para-recepcion-de-pagos-tambien-denominado-recibo-electronico-de-pago\/","title":{"rendered":"Preguntas y respuestas sobre el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201cRecibo electr\u00f3nico de pago\u201d"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-611\" src=\"http:\/\/www.admingest.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/03\/preguntas-pagos.jpg\" alt=\"\" width=\"749\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/admingest.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/03\/preguntas-pagos.jpg 749w, https:\/\/admingest.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/03\/preguntas-pagos-300x200.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 749px) 100vw, 749px\" \/><\/p>\n<p><strong>1.-\u00bfCuando haya compensaci\u00f3n de pagos entre contribuyentes \u00bfQu\u00e9 clave se debe registrar como forma de pago en el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos, tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d?<\/strong><\/p>\n<p>En el campo forma de pago se debe registrar la clave \u201c17 Compensaci\u00f3n\u201d del catalog\u00f3 c_FormaPago del Anexo 20.<\/p>\n<p><strong>2.-\u00bfCuando un s\u00f3lo pago recibido es para liquidar varias facturas, \u00bfSe tiene que emitir un CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d, por cada comprobante que se liquida?<\/strong><\/p>\n<p>No, se expedir\u00e1 un s\u00f3lo CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos y en \u00e9l se incluir\u00e1n las referencias a todas las facturas que se liquidan. Para ello deber\u00e1n incluir en el campo identificador del documento, cada uno de los folios (UUID) que identifican a cada una de las facturas.<\/p>\n<p><strong>3.-\u00bfSe puede cancelar un CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d, si la clave en el RFC del receptor no es correcta?<\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed, se puede cancelar siempre que se sustituya por otro con los datos correctos.<\/p>\n<p><strong>4.-\u00bfQu\u00e9 plazo se tiene para emitir el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago?<\/strong><\/p>\n<p>Se debe emitir el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos a m\u00e1s tardar al d\u00e9cimo d\u00eda natural del mes siguiente al que se recibi\u00f3 el pago. Dado que el dato es un insumo para la determinaci\u00f3n del IVA, se consider\u00f3 un plazo similar al establecido para la declaraci\u00f3n de dicho impuesto.<\/p>\n<p><strong>5.-En la factura que se elabora conforme al est\u00e1ndar del Anexo 20 versi\u00f3n 3.3, en el campo tipo de comprobante, \u00bfQu\u00e9 clave se debe registrar al emitir un CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d?<\/strong><\/p>\n<p>Se debe registrar la clave tipo de comprobante \u201cP\u201d (Pago), conforme al cat\u00e1logo c_TipoDeComprobante. Al hacer esto, la mayor\u00eda de los aplicativos deshabilitar\u00e1n los campos que no hay que llenar y habilitar\u00e1n los campos que se deben llenar. Tal es el caso del servicio de facturaci\u00f3n del SAT.<\/p>\n<p><strong>6.-\u00bfEs obligatorio el campo de \u201cUso CFDI\u201d con complemento para recepci\u00f3n de pagos, tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d?<\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed, es obligatorio. Cuando se emita un CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos, en el campo Uso de CFDI se debe registrar la clave \u201cP01\u201d \u00a0Por definir. En raz\u00f3n, de que el Uso del CFDI quedo registrado en la factura emitida por el monto total de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>7.-En un CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d, cuando el pago se realice en pesos mexicanos, \u00bfQu\u00e9 tipo de cambio se debe registrar en el campo TipoCambioP?<\/strong><\/p>\n<p>El campo se puede omitir o se puede registrar el valor \u201c1\u201d sin decimales.<\/p>\n<p><strong>8.-\u00bfSe debe desglosar el IVA en el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d como lo indica la fracci\u00f3n VII, inciso b), del Art\u00edculo 29-A del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>No se desglosan los impuestos trasladados y retenidos en el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos ya que la regla 2.7.1.35, establece que el monto de pago se aplicara proporcionalmente a los conceptos integrados en la factura emitida por el valor total de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>9.-Si emito una factura de tipo ingreso en la versi\u00f3n 3.3 el 1\u00b0 de julio 2017, y el pago se recibe dentro del periodo del 1 de julio al 30 de noviembre 2017, \u00bfSe debe emitir el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d, cuando se reciba el pago?<\/strong><\/p>\n<p>Podr\u00e1 no emitirse el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos durante el per\u00edodo del 1 de julio al 30 de noviembre de 2017, sin embargo, no lo exime de emitir la factura en t\u00e9rminos de lo dispuesto en el Art\u00edculo 29-A, fracci\u00f3n VII, inciso b) del CFF.<\/p>\n<p><strong>10.-SI emito una factura de tipo ingreso en la versi\u00f3n 3.3 el 1\u00b0 de julio de 2017 y el pago se recibe el 1 de diciembre de 2017, \u00bfSe debe emitir el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d?<\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed, se debe emitir el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos.<\/p>\n<p><strong>11.Si se emite una factura de tipo ingreso en la versi\u00f3n 3.2 el 1\u00b0 de julio de 2017 y el pago es en parcialidades, \u00bfSe tiene la obligaci\u00f3n, posteriormente al recibir un pago parcial, de emitir el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominada \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d , esto si el pago se recibe el 1 de diciembre de 2017 o con posterioridad?<\/strong><\/p>\n<p>Se puede optar por emitir por el pago parcial una factura en t\u00e9rminos de lo dispuesto en el Articulo 29-A, fracci\u00f3n VII, inciso b) del CFF.<\/p>\n<p><strong>12.-En la factura que se emita por la recepci\u00f3n de 10 pagos, \u00bfCu\u00e1ntos complementos en el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominada \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d se incluir\u00e1n?<\/strong><\/p>\n<p>S\u00f3lo se debe emitir un CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos generados 10 apartados \u201cPago\u201d para relacionar los 10 pagos recibidos y generar los apartados de \u201cDocumento relacionado que se requieran para relacionar los UIDD de las facturas que se vinculan con dichos pagos, siempre y cuando se trate de un mismo <strong>receptor.<\/strong><\/p>\n<p><strong>13.-Si recibo un pago con transferencia electr\u00f3nica de fondos, \u00bfDebo registrar obligatoriamente en el CFDI con Complemento para recepci\u00f3n de pagos tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d , la informaci\u00f3n en los campos TipoCadPago, CertPago, CadPago y SelloPago?<\/strong><\/p>\n<p>Si se recibe un pago con transferencia electr\u00f3nica de fondos se puede o no registrar informaci\u00f3n en el campo TipoCadPago.<\/p>\n<p>Si se registra informaci\u00f3n en el campo TipoCadPago es obligatorio registrar informaci\u00f3n en los campos CertPago, CadPago y SelloPago.<\/p>\n<p>Si no se registra informaci\u00f3n en el campo TipoCadPago no se debe registrar informaci\u00f3n de campos, CertPago, CadPago y SelloPago.<\/p>\n<p><strong>Fundamento Legal:<\/strong> Gu\u00eda de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepci\u00f3n de pagos, publicada en el portal del SAT.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1.-\u00bfCuando haya compensaci\u00f3n de pagos entre contribuyentes \u00bfQu\u00e9 clave se debe registrar como forma de pago en el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos, tambi\u00e9n denominado \u201crecibo electr\u00f3nico de pago\u201d? 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